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LAS PLATAFORMAS COLOMBIANAS DE DERECHOS HUMANOS Y PAZ RESPALDAN AL COLECTIVO DE ABOGADOS JOSÉ ALVEAR

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El gobierno de Panamá ofende a la justicia colombiana y a las víctimas al negar la extradición de la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado

www.prensarural.org - hace 1 hora 22 mins

El Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo –cajar-, deplora la decisión del gobierno panameño de no revocar el asilo y de no conceder la extradición de María del Pilar Hurtado.

El gobierno de Panamá ofende la institucionalidad colombiana, a la justicia, a las víctimas de la persecución política que ejerciera el gobierno de Uribe Vélez a través del DAS y a la sociedad colombiana en su conjunto.

Entregamos pruebas al despacho del Presidente Martinelli, a la cancillería panameña y a la opinión pública de Panamá de que María del Pilar Hurtado nunca fue perseguida política en Colombia, ni atacada, ni amenazada, nunca pidió la protección de la fuerza pública, probando que su refugio en Panamá no tuvo móvil distinto a evadir la acción de la justicia colombiana. El gobierno de Panamá argumenta su soberanía y razones de persecución política en contra de María del Pilar Hurtado, para mantenerle el asilo territorial y reitera que “en aras de contribuir a la estabilidad social y política de los pueblos de la región”, mantiene su decisión. Estas afirmaciones deben tener respuesta oficial de la cancillería colombiana ya que el gobierno panameño compara al estado de Colombia con aquellos países que en la región han tenido una “débil institucionalidad democrática” y por lo tanto ofrece protección a “una perseguida política”.

Recordamos al gobierno panameño que la soberanía se cede parcialmente en los tratados internacionales y que el derecho internacional de los derechos humanos hace parte de la legislación interna de Panamá y que los tratados sobre asilo obliga a Panamá a no conceder asilo a violadores de derechos humanos y en Panamá cursa una denuncia penal contra la señora Hurtado por crímenes de lesa humanidad.

Es necesario resaltar dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los casos de Manuel Cepeda Vargas y Mapiripán que sobre el particular consagran:

“Un Estado no puede otorgar protección directa o indirecta a los procesados por crímenes que impliquen violaciones graves contra derechos humanos mediante la aplicación indebida de figuras legales que atentan contra las obligaciones internacionales pertinentes. De tal manera, la aplicación de figuras como la extradición no debe servir como un mecanismo para favorecer, procurar o asegurar la impunidad”

Por otra parte solicitamos a las autoridades judiciales panameñas que se proceda a detener y a procesar a María del Pilar Hurtado. El asilo concedido no es sinónimo de impunidad como lo reconoció la cancillería panameña en respuesta a un requerimiento de la Procuraduría de dicho país. María del Pilar no está siendo juzgada en Colombia ni por delitos políticos, ni por delitos conexos, ha sido acusada por concierto para delinquir agravado, falsedad ideológica en documento público, abuso de función pública, violación ilícita de comunicaciones agravada y peculado por apropiación que conllevaron graves violaciones de derechos humanos contra numerosas víctimas.

El código penal de Panamá es claro al respecto, en el art. 20 se establece:

"También se aplicará la ley penal panameña a los delitos cometidos en el extranjero, cuando:

....4, Una autoridad nacional haya negado la extradición de un panameño o de un extranjero"

Panamá debe juzgarla por los delitos por los cuales se le ha negado la extradición conforme lo establece la Convención Interamericana sobre Extradiciones de 1981 en su art. 8°.

Por otra parte en el Juzgado 13 penal del Circuito de Panamá cursa una denuncia penal contra María del Pilar Hurtado por dos crímenes de lesa humanidad: tortura sicológica y persecución política, contemplados como delitos en el título XV del código penal de Panamá, arts. 440 y siguientes. Panamá debe investigarla por estos delitos en ejercicio de la jurisdicción universal.

Defendemos el asilo como un derecho fundamental, que se ha consagrado para proteger a las víctimas y no a los victimarios. Panamá no puede convertirse en un paraíso de impunidad para criminales.

Finalmente el CAJAR denunciará al Estado de Panamá en Washington el 23 de marzo próximo cuando se inician las sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Presidente Martinelli ha comprometido seriamente la responsabilidad internacional del Estado de Panamá y deberá rendirle cuentas por ello a su propio pueblo y a la comunidad internacional.

COMUNICADO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE PANAMÁ

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá al negar la solicitud de extradición, quiere informar que mantiene el asilo otorgado a la señora María del Pilar Hurtado, con fundamento en:

1) La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) la cual establece en su artículo 22 (7) que “toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales”.

2) Con base también a la Convención sobre Asilo Territorial de 1954 la cual en su artículo 1 establece que “todo Estado tiene derecho, en ejercicio de su soberanía, a admitir dentro de su territorio a las personas que juzgue conveniente…” y el artículo 4 “la extradición no es procedente cuando se trate de personas que, con arreglo a la calificación del Estado requerido, sean perseguidas por delitos políticos o por delitos comunes cometidos con fines políticos, ni cuando la extradición se solicita obedeciendo a móviles predominantemente políticos”.

3) También nos basamos en el Decreto Ley No.3 de 22 de febrero de 2008, que establece que el reconocimiento de la condición de asilado estará sujeto a lo señalado en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales, y 4) en el Decreto Ejecutivo Nº 301 del 19 de noviembre de 2010 que concedió el asilo.

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá reitera que la institución del asilo se desarrolla con vigorosidad en América Latina, como consecuencia de ofrecer una herramienta jurídica que brinde protección a los perseguidos políticos, en una región del mundo que por mucho tiempo se caracterizó por una débil institucionalidad democrática y que empieza a cimentar su consolidación. El Gobierno Panameño, en aras de contribuir a la estabilidad social y política de los pueblos de la región, mantiene su decisión sobre las personas mencionadas.

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Las víctimas en clave de movimiento

www.prensarural.org - hace 1 hora 31 mins

Un contexto sin garantías para las víctimas

El hecho más importante en cuanto los derechos de las victimas durante los últimos 6 meses , lo constituye el proceso de elaboración de los decretos reglamentarios de la ley 1448/2011, este proceso contrariando el mandato de la propia ley, vuelve a dejar por fuera la participación de las víctimas en su diseño, y aunque se recogieron lagunas inquietudes planteadas por las organizaciones, esto no obedeció a mecanismos de participación que garantizaran el efectivo derechos de las víctimas a contribuir en la construcción de los decretos.

Al mismo tiempo, el propio gobierno de Juan Manuel Santos, lidero las denuncias por el despojo ilegal de tierras que se presentó desde propias organizaciones del estado, como notarias , INCODER entre otras, así mismo se continuo la política de entrega de predios a comunidades desplazadas, en lo que el gobierno denomino el “plan de choque”, sin embargo es necesario decir que estas restituciones han sido más simbólicas que reales, pues ellas se han dado en zonas del país donde los grupos paramilitares continúan ejerciendo control territorial que de seguro, van en contravía de garantizar el derechos de la restitución, así se evidencia con el paro armado ordenado por el grupo paramilitar de los Rastrojos en 6 departamentos de la Costa Caribe, justo al inicio de la implementación de la ley de víctimas y restitución de tierras.

De otro lado en el último año y más particularmente en el último trimestre se han aumentado las acciones que buscas desprestigiar la labor de los y las defensoras de derechos humanos, mientras amenazas y persecución, como el asesinato de líderes y defensores de derechos humanos, crímenes que han continuado en medio de la más profunda indiferencia del estado y en completa impunidad.

Finalmente, se ha producido un sistemático intercambio de declaraciones y acciones militares que han golpeado fuertemente a la fuerza pública, como a la población civil, que dejan indicar que en el tema de la solución del conflicto se respira un nuevo ambiente en el país, que de seguro contiene la eventual liberación unilateral de militares retenidos por la insurgencia e igualmente debe reanimar la discusión sobre el intercambio humanitario.

Movice y los problemas orgánicos

En este contexto es en que se bebe realizar la discusión sobre la estrategia organizativa del MOVICE, que permita enfrentar de manera eficaz y efectiva la adversa coyuntura, a fin de garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación integral, garantías de no repetición, y superación de la impunidad, tal como han sido los postulados del MOVICE desde hace 6 años cuando fue creado.

En primer lugar observar algunas situaciones que a mi juicio son necesarias valorar colectivamente y hasta donde sea posible, encontrar alternativas de solución si es necesario, Dado que el MOVICE tiene todas las y condiciones para convertirse en un escenario político para que las víctimas del conflicto y particularmente la de los crímenes de estado, cuenten con una vocería que exija con dignidad el restablecimiento de los derechos de las víctimas, a través de escenarios nacionales como internacionales. No obstante lo anterior, es válido reconocer que en el último periodo desde el comité de impulso, se viene observando situaciones, se hace necesario que tanto el comité de impulso como los capítulos regionales asuman el desarrollo de las estrategias de lucha contra la impunidad, ellas tienen procesos de desarrollo desigual y en algunos casos ni siquiera hay avances en la formulación. Y otras se desarrollan pero de manera desarticuladas entre las organizaciones, o los capítulos e incluso ante el comité de impulso.

En el caso de las estrategias como la comisión de ética, el catastro alternativo, la estrategia jurídica y las audiencias ciudadanas por la verdad que cuenta con una participación acompañada, es necesario que se fortalezca en una nueva posibilidad de alcances y dificultades y hacer los esfuerzos para que haya metas de apropiación colectiva y en este sentido el comité de impulso deberá hacer observaciones sobre la forma de trabajar en cada una de ellas, podría ser: nombrar grupos de organizaciones responsable, planes de trabajo colectivos, informes periódicos de sus avances.

De otro lado, está la formación de los capítulos regionales, el comité de impulso debe discutir un procedimiento o criterios para la creación y funcionamiento de estos. (Seguimiento a las actas de sus respectivas reuniones por ejemplo) Así, mismo difundir la elaboración de un plan estratégico del MOVICE que permita superar el coyunturalismo y en todo, fortalecer el trabajo planificado, lo cual si estabiliza el movimiento entre el comité de impulso y las regiones. Desde los capítulos debe desarrollarse un plan que desarrollo de las estrategias que permita que las víctimas se empoderen de sus propuestas.

Respecto al funcionamiento del comité de impulso, se debe corregir unas situaciones que se están presentando las últimas reuniones, las que las organizaciones del comité de impulso no participamos regularmente y cuando lo hacemos es para posicionar una propuesta particular que luego se referirán en la próxima reunión, se requiere que las organizaciones del comité de impulso adquiramos compromisos concretos en relación con temas y/o estrategias y espacios, estos compromisos los establece la organización y no la persona.

Las víctimas en clave de movimiento

Una discusión importante que debe realizarse en este el comité de impulso ampliado, debería ser ponernos de acuerdo sobre lo que debe ser el movimiento nacional de víctimas de crímenes de estado, esta discusión suponer poner en común las distintas valoraciones que los miembros del movimiento tienen sobre el mismo, durante los años de la existencia del MOVICE, hemos constatado como hay distintas percepciones sobre lo que debe ser el movimiento.

Regularmente el MOVICE:

Algunas víctimas del conflicto han asumido que el MOVICE es su organización de base, para muchos de los cuales es la primera experiencia organizativa que se tiene, y aunque esto es importante, en algunas partes se han generado conflictos entre las víctimas que están en el MOVICE, y los procesos organizativos y organizaciones derechos humanos que inclusive, han dado para el retiro de las organizaciones del espacio MOVICE, e incluso, la exclusión que las mismas víctimas han hecho a las propuestas organizativas de distinto carácter que han intentado integrar el movimiento.

Desde otra perspectiva algunas organizaciones han asumido al MOVICE como una ONG, desde la cual se pueden hacer gestiones de recursos, y desarrollar actividades de diverso tipo asesoría jurídica, formación, publicaciones, e incluso incidencia, pero esta forma de concebir el MOVICE no considerar las dificultades propias de los procesos organizativos amplios.

Incluso en algunos casos algunas personas asumen la propuesta del MOVICE como un escenario para la extensión de luchas de otras dinámicas, algunas de ellas no adecuadas para la perspectiva de organización de víctimas.

Como sea que existen varias valoraciones sobre el MOVICE, habrá necesidad de ponernos de acuerdo, en entender que el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado, se asume como una propuesta de movimiento social, es decir el acuerdo político sobre mínimos, en nuestro caso: Visibilizar y exigir los derechos de las víctimas de los crímenes de estado: verdad, justicia, reparación integral, garantías de no repetición y superación de la impunidad. En ese sentido es necesario comprender entonces que el movimiento debe centrar sus actividades y acciones en torno a este acuerdo mínimo, que cómo se comprenden las circunstancias del conflicto armado en Colombia no es ningún acuerdo mínimo. Salvo los que supongan mejorar las condiciones para la exigibilidad estos derechos y propósitos políticos, como es el caso de la necesaria articulación del MOVICE, a la búsqueda de la solución política negociada al conflicto armado que tiene el país.

La dinámica del movimiento social, entonces debe entenderse, como una propuesta organizativa muy flexible, con acuerdos mínimos sobre el funcionamiento, conformación, vocerías, plan de trabajo y mecanismos de acción política.

En este último aspecto, vale la pena recordar, el MOVICE surgió como una propuesta plataforma política para impulsar la movilización política de las víctimas, es importante no perder de perspectiva este elemento, máxime en el contexto actual, en el que los derechos de las víctimas a exigir la reparación integral, el derecho a la restitución de los bienes usurpados, como el de la verdad, y la justicia, se ven gravemente amenazado supo lesionados con la implementación de la ley de víctimas.

En tal sentido, poner a las víctimas de los crímenes de estado, en clave del movimiento, supone en todo caso, mucha inventiva en materia de acción e incidencia política, asumir el desafío del crecimiento con nuevas víctimas que no han estado articuladas a ningún tipo de propuesta organizativa, a articular a la organización a otras dinámicas de movilización que quizá tengan objetivos más amplios, pero que en todo caso permitirían posicionar la discusión sobre los derechos de las víctimas en esos otros escenarios.

Finalmente, como desafío inmediato el MOVICE tiene que impulsar la preparación y realización de una significativa movilización el próximo seis de marzo, que logre impactar y sensibilizar a la opinión pública, sobre la fragilidad de los derechos de las víctimas y particularmente el que tiene que ver con el derecho al restablecimiento de los bienes patrimoniales despojados, esta movilización no podrá reducirse a pequeños acciones, ella debe tener un impacto de carácter nacional lo que supone empezar su preparación impulso vinculando a muchos sectores de la sociedad a respaldar esta movilización.

Igualmente está el desafío, que impone la implementación de la ley de víctimas, estar atentos a todo el debate que rodea la conformación de las mesas municipales, departamentales, y nacional de víctimas, y hasta donde sea posible incidir para su conformación y orientación.

El reto entonces, el vernos el próximo seis de marzo y hacer oír nuestra voz y nuestras demandas.

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El Turbión: una Odisea que continúa

www.prensarural.org - hace 2 horas 1 min

Hace ocho años nos embarcamos en una particular Odisea. Emprendimos el camino para ser un medio noticioso que visibilizara las realidades de obreros, trabajadores, mujeres, jóvenes, indígenas, campesinos, afrodescedientes y estudiantes; que reportara las acciones de los movimientos sociales que buscan construir un país del tamaño de sus sueños y que siguiera los acontecimientos del país con una óptica crítica, alejada del discurso dominante en los medios de comunicación y que enfrentara la visión del mundo impartida por las clases dominantes.

Aunque Ítaca está muy lejos de verse realizada, hemos logrado mantenernos con nuestros propios esfuerzos, narramos la historia presente y mantenemos la ilusión de llegar a puerto junto a una nueva patria, a un nuevo hogar sin censura ni monopolios, sin injusticia ni despojo, sin olvido y sin morbo.

En la noche del 3 de febrero de 2004 emprendimos el camino que hoy nos lleva a uds., quienes dan vida a El Turbión, para informarles sobre lo que ocurre en Colombia y el mundo, sobre los retos que afrontan nuestros pueblos y sus acciones para transformar la realidad. Gracias a uds. hemos crecido como equipo, hemos mejorado nuestra forma de hacer periodismo y aumentado la información que circula por nuestra página web, así como las temáticas que cubrimos.

Esperamos seguir contando con uds. en la construcción de este medio independiente. Las voluntarias y voluntarios que han aportado su trabajo durante estos ocho años a El Turbión, colombianos y colombianas que cubren el acontecer desde nuestro país, Cataluña, Egipto, Estados Unidos y Suecia, así como esa creciente comunidad de colaboradores que alimenta nuestra publicación desde distintos rincones del planeta, esperamos seguir realizando un trabajo de su interés, creciendo en información y lectores, leer muchos más comentarios sobre nuestras notas y lograr que el país vuelva a discutir sus principales problemas y a repensar su lugar en el mundo.

Seguiremos la Odisea de la comunicación alternativa: estos ocho años son sólo el comienzo y con ustedes, muy seguramente, lograremos romper el silencio.

Eventos

De la Plaza Tahrir a la Plaza de Bolívar: movimientos sociales y comunicación alternativa

Periódico El Turbión – 8 años rompiendo el silencio

Jueves, 23 de febrero de 2012 – 2 a 6 pm

Universidad Javeriana – Edificio Fernando Barón – Sala 2-309

Bogotá, Colombia

Con motivo de nuestro octavo aniversario, invitamos a nuestros lectores, colaboradores y amigos a acompañarnos en esta reflexión sobre la relación entre los movimientos sociales en el mundo y el hacer de la comunicación alternativa, libre y popular.

Programa:

Presentación – Periódico El Turbión: 8 años rompiendo el silencio

Panel 1 – Libertad de expresión y medios alternativos Receso

Panel 2 – Medios de comunicación y movimientos sociales en el mundo

Invitados desde Egipto, España, El Salvador, México, Chile y Colombia.

Para el cierre – Lanzamiento nuevos proyectos del Periódico El Turbión para 2012.

Mayores informes: 3002898059 – elturbion@modep.org – @elturbion

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El gobierno de Panamá ofende a la justicia colombiana y a las víctimas al negar la extradición de la ex directora del DAS María del Pilar Hurtado

CAJAR - Vie, 02/03/2012 - 18:31

El gobierno de Panamá ofende la institucionalidad colombiana, a la justicia, a las víctimas de la persecución política que ejerciera el gobierno de Uribe Vélez a través del DAS y a la sociedad colombiana en su conjunto.

Entregamos pruebas al despacho del Presidente Martinelli, a la cancillería panameña y a la opinión pública de Panamá de que María del Pilar Hurtado nunca fue perseguida política en Colombia, ni atacada, ni amenazada, nunca pidió la protección de la fuerza pública, probando que su refugio en Panamá no tuvo móvil distinto a evadir la acción de la justicia colombiana. El gobierno de Panamá argumenta su soberanía y razones de persecución política en contra de María del Pilar Hurtado, para mantenerle el asilo territorial y reitera que “en aras de contribuir a la estabilidad social y política de los pueblos de la región”, mantiene su decisión. Estas afirmaciones deben tener respuesta oficial de la cancillería colombiana ya que el gobierno panameño compara al estado de Colombia con aquellos países que en la región han tenido una “débil institucionalidad democrática” y por lo tanto ofrece protección a “una perseguida política”.

Recordamos al gobierno panameño que la soberanía se cede parcialmente en los tratados internacionales y que el derecho internacional de los derechos humanos hace parte de la legislación interna de Panamá y que los tratados sobre asilo obliga a Panamá a no conceder asilo a violadores de derechos humanos y en Panamá cursa una denuncia penal contra la señora Hurtado por crímenes de lesa humanidad.

Es necesario resaltar dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los casos de Manuel Cepeda Vargas y Mapiripán que sobre el particular consagran:

“Un Estado no puede otorgar protección directa o indirecta a los procesados por crímenes que impliquen violaciones graves contra derechos humanos mediante la aplicación indebida de figuras legales que atentan contra las obligaciones internacionales pertinentes. De tal manera, la aplicación de figuras como la extradición no debe servir como un mecanismo para favorecer, procurar o asegurar la impunidad”

Por otra parte solicitamos a las autoridades judiciales panameñas que se proceda a detener y a procesar a María del Pilar Hurtado. El asilo concedido no es sinónimo de impunidad como lo reconoció la cancillería panameña en respuesta a un requerimiento de la Procuraduría de dicho país. María del Pilar no está siendo juzgada en Colombia ni por delitos políticos, ni por delitos conexos, ha sido acusada por concierto para delinquir agravado, falsedad ideológica en documento público, abuso de función pública, violación ilícita de comunicaciones agravada y peculado por apropiación que conllevaron graves violaciones de derechos humanos contra numerosas víctimas.

El código penal de Panamá es claro al respecto, en el art. 20 se establece:

"También se aplicará la ley penal panameña a los delitos cometidos en el extranjero, cuando:

....4, Una autoridad nacional haya negado la extradición de un panameño o de un extranjero"

Panamá debe juzgarla por los delitos por los cuales se le ha negado la extradición conforme lo establece la Convención Interamericana sobre Extradiciones de 1981 en su art. 8°.

Por otra parte en el Juzgado 13 penal del Circuito de Panamá cursa una denuncia penal contra María del Pilar Hurtado por dos crímenes de lesa humanidad: tortura sicológica y persecución política, contemplados como delitos en el título XV del código penal de Panamá, arts. 440 y siguientes. Panamá debe investigarla por estos delitos en ejercicio de la jurisdicción universal.

Defendemos el asilo como un derecho fundamental, que se ha consagrado para proteger a las víctimas y no a los victimarios. Panamá no puede convertirse en un paraíso de impunidad para criminales.

Finalmente el CAJAR denunciará al Estado de Panamá en Washington el 23 de marzo próximo cuando se inician las sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Presidente Martinelli ha comprometido seriamente la responsabilidad internacional del Estado de Panamá y deberá rendirle cuentas por ello a su propio pueblo y a la comunidad internacional.

COMUNICADO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE PANAMÁ

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá al negar la solicitud de extradición, quiere informar que mantiene el asilo otorgado a la señora María del Pilar Hurtado, con fundamento en:

1) La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) la cual establece en su artículo 22 (7) que “toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales”.

2) Con base también a la Convención sobre Asilo Territorial de 1954 la cual en su artículo 1 establece que “todo Estado tiene derecho, en ejercicio de su soberanía, a admitir dentro de su territorio a las personas que juzgue conveniente…” y el artículo 4 “la extradición no es procedente cuando se trate de personas que, con arreglo a la calificación del Estado requerido, sean perseguidas por delitos políticos o por delitos comunes cometidos con fines políticos, ni cuando la extradición se solicita obedeciendo a móviles predominantemente políticos”.

3) También nos basamos en el Decreto Ley No.3 de 22 de febrero de 2008, que establece que el reconocimiento de la condición de asilado estará sujeto a lo señalado en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales, y 4) en el Decreto Ejecutivo Nº 301 del 19 de noviembre de 2010 que concedió el asilo.

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá reitera que la institución del asilo se desarrolla con vigorosidad en América Latina, como consecuencia de ofrecer una herramienta jurídica que brinde protección a los perseguidos políticos, en una región del mundo que por mucho tiempo se caracterizó por una débil institucionalidad democrática y que empieza a cimentar su consolidación. El Gobierno Panameño, en aras de contribuir a la estabilidad social y política de los pueblos de la región, mantiene su decisión sobre las personas mencionadas.

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