QUE LOS ÁRBOLES DEJEN VER EL BOSQUE. Derechos Humanos en Antioquia, 2005


By admin - Posted on 03 Marzo 2008

La XV Campaña de los Derechos Humanos realizada en Medellín del 1° al 10 de diciembre de 2005, reunió a diferentes organismos gubernamentales y no gubernamentales en la reflexión entorno a las garantías que tiene la ciudadanía en el departamento de Antioquia, en especial en el Valle de Aburrá y el Oriente antioqueño, para la promoción integral de sus  derechos, en el marco de los procesos de desmovilización de los grupos paramilitares, la aplicación de la Ley de Justicia y Paz y el proyecto de reelección presidencial. Esta  campaña recogió los reclamos de ciudadanos(as) y de organizaciones defensoras  y promotoras de los Derechos Humanos en pro de que el Estado garantice los derechos humanos integrales de la sociedad en general; por la negociación política y los acuerdos humanitarios encabezados por la Asamblea Permanente de la Sociedad Civil por la Paz; por la equidad y la construcción de una sociedad incluyente exigida por la campaña Comercio con Justicia y los Objetivos del Milenio y por la apuesta de que Otro Mundo es Posible del Foro Social Mundial.

 

Fue una campaña marcada por la confluencia de diversas propuestas y por la movilización simbólica y social que exigía la vigencia de los Derechos Humanos, el fin de la guerra, equidad y proyectos de nueva sociedad, libertad para los secuestrados, restitución de derechos y la devolución de tierras a los desplazados. Son reclamos de diferentes sectores de la sociedad como las mujeres, los niños, los jóvenes, la comunidad LGTB, los sindicalistas y demás colectivos que sienten vulnerados sus derechos.

 

Fue una campaña que se caracterizó por identificar las voces de las víctimas que exigen verdad, justicia y reparación en los procesos de desmovilización de los grupos  paramilitares.

 

Por eso, las diferentes organizaciones que año tras año convocan esta campaña, buscan asegurar el seguimiento a cualquiera de los actos que vulneran la dignidad humana en el ejercicio del Estado Social de Derecho, acciones que se evidencian particularmente en la violación a los Derechos Humanos y los crímenes de lesa humanidad, entendiendo en el primer caso, la conducta de un agente directo o indirecto del Estado que vulnera los derechos reconocidos por los instrumentos que conforman el Derecho Internacional de los Derechos Humanos; y en el segundo caso, se trata de actos que lesionan gravemente la esencia de la persona y afecta a todo el género humano, porque son hechos que desconocen el respeto por los derechos fundamentales a través de violaciones cometidas de manera sistemática a los Derechos Humanos, ocasionadas por agentes directos o indirectos del Estado y los grupos armados al margen de la ley.

 

En este marco, la actual sistematización se realiza en torno a la violación al derecho a la vida, a la libertad y a la integridad física de la ciudadanía; al respeto y la promoción de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales en diversos territorios y poblaciones específicas. Es una mirada a cualquier actor: bien sea el Estado, ente garante y responsable único de velar por la garantía y la efectividad de los derechos, en su violación directa a través de sus agentes, así como por parte de grupos armados que ante la ausencia del Estado, vulneran el Derecho Internacional Humanitario.

 

Ante la proliferación y el asentamiento de acciones de actores armados en el país y todo el dilema que circunda la violación por parte de estos de los Derechos Humanos, en algunas ocasiones con participación del Estado a través de sus agentes, directa o indirectamente, en lo que tiene que ver con sus categorías y clasificación, nos acercamos a una propuesta conceptual según la cual, los Derechos Humanos; según Rainer Huhle,* son esencialmente una normación de los derechos de las personas frente a los Estados, y que son éstos, los responsables exclusivos para cumplir con ellos y vigilar su respeto; es decir, es responsabilidad exclusiva del Estado el velar por su cumplimiento y promoción. Existe sin embargo, el reconocimiento del Derecho Internacional Humanitario que se aplica también a los actores no estatales, el cual busca reglamentar el comportamiento de las fuerzas beligerantes, aplicando allí, por lo complejo del panorama, algunas normas esenciales del los Derechos Humanos, pues, una u otra acción, busca frenar la violación a la efectividad del desarrollo del Estado Social de Derecho que se funda en la integralidad y  fectividad de los derechos de la ciudadanía.

 

Esta figura, aceptada casi universalmente, como lo asegura el autor mencionado, permite a muchos organismos de Derechos Humanos, ante el crecimiento de hechos paramilitares, donde participan actores estatales e ilegales de conjunto, recurrir al Derecho Internacional Humanitario, aplicando normas esenciales de los Derechos Humanos a los grupos no estatales, sin violar la regla referente a que los Derechos Humanos solo pueden ser violados por el Estado, y además, le permite reconocer en este nuevo estilo de práctica violenta, una degradación aún mayor que la efectividad en el cumplimiento de su misión, porque se
tratan de acciones sistemáticas que hacen vulnerable, de manera permanente, a la población civil.

 

Sobre la relación tradicional entre los Derechos Humanos que garantizan de manera ética, social y jurídica en cada uno de los Estados, la dignidad humana y el Derecho Internacional Humanitario, que se aplica en medio del conflicto entre Estados y en el interior de ellos, buscando defender a la población civil de las acciones armadas, existen tres tesis que   buscan avanzar en esta discusión: integracionista, separatista y complementarista.

 

Las dos primeras han acompañado durante mucho tiempo la dialéctica entre responsabilidad estatal y responsabilidad de los actores armados. Sin embargo, ante la peculiaridad de la violación actual a los Derechos Humanos en acciones complementarias de uno y otro sector, ha cobrado vigencia la tercera tesis, la cual plantea que ambos derechos son diferentes pero complementarios, buscando así no excusar ninguna práctica que vulnere la vida de la ciudadanía. Y es esta tesis la que domina la actual jurisprudencia internacional y la de mayor aceptación ética en los diferentes tribunales defensores de los Derechos Humanos, pues partiendo de las restricciones que la guerra causa en la  observación de los derechos, todos los grupos armados que ocupen territorio y ejerzan sobre éste algún tipo de poder o de control parcial o temporal, están obligados al respeto de los derechos humanos fundamentales.

 

Esta publicación es realizada conjuntamente entre el IPC y el Observatorio de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Coordinación Colombia Europa Estados Unidos, en el marco de un esfuerzo por dar a conocer los informes regionales de Derechos Humanos y su proceso de elaboración, donde diversas instituciones especializadas en algunos derechos les hacen seguimiento y elaboran sus informes para presentarlos ante los medios de comunicación, y a través de ellos, a la opinión pública, como ya es tradicional, los 10 de diciembre, Día Internacional de los Derechos Humanos.

 

AdjuntoTamaño
Que_los_arboles_dejen_ver_el_bosque.pdf1.47 MB

 

Coordinación Colombia Europa Estados Unidos

(Nueva dirección) Av. Carrera 22 N°. 37 - 54

Bogotá, Colombia

Telefax N°. (0571) 2881132 - 2887187 - 2883875

e-mail: coeuropa@etb.net.co

Contáctenos

 


Todos los derechos libres - excepto aquellos a quienes sus
autores hayan indicado lo contrario.